Derivado de que no es competencia de esta entidad la cancelación o condonación de créditos fiscales, ya que se trata de una atribución de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado, según lo establecido en el artículo 18 fracción XXI de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente: “XXI. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en que se justifique;...”. En razón de ello, podrá consultar la información perteneciente a Secretaría de la Hacienda Pública, en el siguiente enlace:

 

Condonaciones y Cancelaciones Fiscales 

PNT Consulta 

 

Estadísticas

3890224
Hoy
Ayer
Esta semana
Semana Pasada
Este mes
Mes pasado
Todos
3770
787
3770
3848425
87257
67117
3890224

Tu IP: 185.93.229.25
2024-04-28 23:34

Última Actualización

  • Fecha: Viernes 26 Abril 2024, 14:12:59.

Quien está en línea 

Hay 114 invitados y ningún miembro en línea

Scroll to top